Carnet de conducir B1
La Unión Europea decidió que el carnet B1, que hasta ese momento había sido expedido junto con el permiso B, pudiera ser un permiso totalmente independiente sometido a la propia decisión de cada uno de los estados miembros de la Unión Europea. Es decir, es el propio país quien decide si permite sacar el carnet B1 por separado del B. En el caso de España, aunque por normativa aparece en los carnets que se expiden, no se ha acogido a la misma.
En aquellos países donde el carnet de conducir B1 se puede sacar de forma independiente autoriza a los mayores de 16 años a poder conducir cuadriciclos cuya velocidad máxima no supere los 60 km/h, y su masa en vacío sea inferior o igual a 400 kg, como por ejemplo los quads, que es un vehículo pesado a motor. Sin embargo, no podrán conducir turismos.
Carnet de conducir B
El carné de conducir B habilita a conducir turismos, es decir, automóviles, a partir de la edad de 18 años. Estos tienen que tener una masa máxima autorizada de 3500 kg y los asientos, sumando el del conductor, no pueden ser superiores a 9.
¿Qué clase de vehículos se pueden conducir con el carnet tipo B además de los turismos?
1. Vehículos a dos ruedas:
- Ciclomotor: habilita la conducción de vehículos del permiso de conducción AM, es decir, los ciclomotores con un motor de cilindrada menor a 50 cm³ o con motor eléctrico, siempre que el vehículo tenga una velocidad limitada a 45 km/h.
- Motocicleta: A los tres años de experiencia del carnet B, en España queda convalidado el carnet A1 y se pueden conducir motos de hasta 125 cm³ y con una potencia máxima de 11 kW (15 CV). Cuidado, porque esta convalidación no es efectiva en otros países europeos.
2. Vehículos a tres ruedas:
Siempre que dos de las tres ruedas estén en el mismo eje. No hay limitaciones de cilindrada o potencia, la única condición es que el fabricante haya homologado el triciclo como vehículo de tres ruedas y no como moto de tres ruedas. La diferencia está en que el vehículo de tres ruedas tiene una homologación especial y debe llevar freno de estacionamiento, una anchura de vía mínima y algunos detalles en el sistema de iluminación y otras áreas.
imagen: https://www.sportyou.es/noticias/vehiculos-tres-ruedas-increibles-610716
3. Cuadriciclo y quad:
Todos los microcoches y vehículos que hayan sido homologados como cuadriciclo pueden ser conducidos con el carné B. Esto incluye las dos categorías de cuadriciclo ligero (peso máximo de 350 kg y potencia máxima de 4kW) y el cuadriciclo normal que puede llegar hasta los 550 kg como máximo y la potencia hasta los 15 kW (20 CV). Los vehículos tipo buggys de cuatro ruedas de más de 15 kW llevan homologación de turismo. Cualquier vehículo homologado como quad o ATV, sea de ocio o de tipo agrícola y sin importar la cilindrada o la potencia.
4. Remolque:
- Se pueden conducir un vehículo de hasta 3500kg con un remolque que no supere los 750 kg. Es decir, que el conjunto de ambos no supere los 4250kg.
- Se puede conducir un vehículo de hasta 3500kg con un remolque que supere los 750kg siempre y cuando el conjunto de ambos no supere los 3500kg.
*NOVEDAD*
5. Vehículos de más de 4250kg. Requisitos:
- Antigüedad del carné B: mínimo 2 años
- El vehículo sea ecológico: híbridos, eléctricos, gas natural, GLP o hidrógeno.
Carnet de conducir B96
Este carné permite conducir turismo de hasta 3500 kg y remolques superiores de 750 kg, cuyo peso conjunto no supere los 4250kg.
Carnet de conducir B+E
Este carné te permite conducir un turismo que no superen los 3500 kg con remolques que superen los 750 kg hasta un peso de 3500 kg. Siendo el conjunto no superior a 7000kg. Es decir, todos aquellos conjuntos de turismo más remolque que supere los 4250kg sin sobrepasar los 7000kg.